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Visados / Turquía

Visados y entrada

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Turquía: visado, pasaporte y requisitos de entrada

En resumenNo necesario

Documento nacional de identidad

Documento de entrada

  • ✕Pasaporte
  • ✓Documento nacional de identidad

En caso de entrar con DNI se facilitará un impreso a la entrada del país que el viajero tiene la obligación de llevar durante toda su estancia en Turquía y entregar al agente del puesto fronterizo al salir; por razones prácticas, es preferible utilizar el pasaporte en lugar del DNI; se requiere una validez mínima de 6 meses a partir de la fecha de entrada — Se recomienda que los menores de edad que viajen a Turquía lo hagan con una autorización de viaje por el progenitor que no se desplace con el menor, firmada ante notario o autoridad policial española y traducida al turco o inglés

Visado

No necesario

A partir del 2 de marzo de 2020 los ciudadanos españoles están exentos de visado para viajar a Turquía; para estancias superiores a 90 días o con propósitos específicos (investigación académica, trabajo remunerado, estudios, etc.) es necesario tramitar un visado de residencia ante la Embajada de Turquía en Madrid o en el Consulado General de Turquía en Barcelona — Exención de visado para una estancia máxima de 90 días en un período de 180 días

Tu viaje completo

Las escalas aún no están en nuestras fichas: el enlace de Sherpa las comprueba para tu nacionalidad.

Pasaporte, visado y escalas: comprobar en Sherpa ↗

Herramienta gratuita, rellenada para un pasaporte español: cambia la nacionalidad si hace falta.

La información se ofrece solo a título orientativo y es exacta en el momento de su publicación. Comprueba siempre las webs oficiales de los gobiernos y la documentación de las aerolíneas antes de reservar y viajar.